Comisión Técnica

COMISIÓN TÉCNICA DE LA MARCA DE GARANTÍA ISLA BONITA MODA.

 

 

1. La Comisión Técnica de la Marca de Garantía ISLA BONITA MODA es el organismo consultivo del Plan Insular de Moda o proyecto similar de la Sociedad de Promoción y Desarrollo Económico de la isla de La Palma, para la aplicación de las acciones de valorización y promoción de las colecciones de moda textil y/o complementos de La Palma en relación con la Marca de Garantía ISLA BONITA MODA.

 

2. Composición.

 

Por Resolución del Consejero Delegado de la Sociedad de Promoción y Desarrollo Económico de la isla de La Palma que ostente el puesto en ese momento y considerando la propuesta de Asociaciones, Federaciones u Organizaciones del sector moda confección y/o complementos de ámbito nacional y/o regional, será nombrada la Comisión Técnica de la Marca de Garantía ISLA BONITA MODA, que estará compuesta por un mínimo de tres miembros, formado parte de la misma el Presidente, el Secretario, quien levantará acta de sus sesiones y tendrá voz y voto, y el/los vocal/es que se determinen en la señalada Resolución.

 

El Presidente será el Consejero Delegado de la Sociedad de Promoción y Desarrollo Económico de la isla de La Palma, o persona en quien delegue y el secretario, gerente de la misma entidad. Los/as vocales de la Comisión serán profesionales con la cualificación suficiente para llevar a cabo la valoración de los criterios establecidos en el artículo 5 del presente Reglamento.

 

Todos los miembros, a excepción del Presidente, cuya designación será automática una vez tome posesión de su cargo, serán nombrados por el Consejero Delegado de la Sociedad de Promoción y Desarrollo Económico de la isla de La Palma pudiendo ser cesados, según las necesidades del Programa y en todo caso cuando cese en su cargo el Consejero Delegado que los designó, continuarán desarrollando sus funciones hasta que el nuevo Consejero Delegado decida o no el cese de los mismos. En caso de cese, se procederá al nuevo nombramiento, siguiendo el procedimiento descrito anteriormente. La designación como miembro es incompatible con la obtención y/o uso de la marca de Garantía Isla Bonita Moda.

 

La Comisión, en el desarrollo de sus funciones, podrá contar con el apoyo de expertos y técnicos del la Sociedad de Promoción y Desarrollo Económico de la isla de La Palma, del Cabildo Insular de La Palma que no sean miembros de la misma, técnicos de otras Administraciones, representantes de organizaciones sectoriales y además agentes del sector, que la Comisión Técnica considere necesario, para un mejor desarrollo de su cometido.

 

3. Las funciones de esta Comisión son:

 

a. Proponer la concesión o denegación de uso de la marca a los solicitantes de la misma.

 

b. Proponer la revocación y suspensión del uso de la marca en caso de incumplimientos de las condiciones de uso reglamentarias.

 

c. Determinar las acciones de inspección y control para asegurar el buen uso de la marca por los usuarios autorizados.

 

d. Proponer medidas de fomento y protección de la Marca de Garantía.

 

e. Cualquier otra que le sea encomendada en relación al Programa y a la Marca de Garantía ISLA BONITA MODA por la Consejería competente en materia de Industria y Comercio.

 

4. Funcionamiento.

 

Se fija quorum de asistencia y quorum de votación de mayoría simple, teniendo en caso de empate, voto de calidad el Presidente de la Comisión.

 

Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto y en todo caso, para entender válidamente constituida la Comisión, habrá de estar presente el Presidente o persona en quien delegue, el secretario y, al menos la mitad de los miembros de la misma.

 

La Comisión se reunirá:

 

— De forma ordinaria, dos veces al año.

 

— De forma extraordinaria, cada vez que se estime conveniente, por el Presidente a iniciativa propia o a propuesta de la mayoría simple de sus miembros.

 

En cuanto al resto de los aspectos relativos al funcionamiento de la Comisión se aplicará el régimen de los Órganos Colegiados regulado en la normativa vigente.